• Bienvenidos al espacio virtual de la Defensoría Universitaria!

    Bienvenido a la Defensoría Universitaria de la Universidad San pedro donde podrá dar conocer las denuncias y reclamaciones vinculadas con la infracción de tus derechos individuales.

  • Competencia

    Intervenir frente a denuncias y reclamos que formulen los miembros de la comunidad universitaria (alumnos, administrativos y docentes), frente a los actos u omisiones de las autoridades o funcionarios de la Universidad, que vulneren derechos.

  • Confidencialidad

    La Defensoría Universitaria, garantiza la confidencialidad a los miembros de la comunidad universitaria que soliciten su intervención.

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Calendario actividades

Jan 25
Charla informativa
SEDE: Los Pinos 08:00AM/PM to 13:00AM/PM
Nov 25
Charla de orientación
Sede: Los Pinos 08:00AM/PM to13:00AM/PM

Presentación


La Defensoría Universitaria es Órgano autónomo, encargado de tutelar los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y velar por el mantenimiento del principio de autoridad responsable.

A este efecto recibe quejas y efectúa sugerencias, tramita expedientes de oficio y desempeña funciones de mediación. Todas sus actuaciones se dirigen a la mejora de la calidad universitaria.

 

Marco Legal

 

Ley N° 30220- Ley Universitaria:

Artículo 133. Defensoría Universitaria

La Defensoría Universitaria es la instancia encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y vela por el mantenimiento del principio de autoridad responsable. Es competente para conocer las denuncias y reclamaciones que formulen los miembros de la comunidad universitaria vinculadas con la infracción de derechos individuales. El Estatuto de la universidad establece los mecanismos de regulación y funcionamiento de la Defensoría.

No forman parte de la competencia de la Defensoría las denuncias vinculadas con derechos de carácter colectivo, derechos laborales, medidas disciplinarias, evaluaciones

académicas de docentes y alumnos y las violaciones que puedan impugnarse por otras vías ya establecidas en la presente Ley, así como en el Estatuto y los reglamentos de cada universidad.